Circular Nro 45/2021: Suspensión de CEAPS Bienio 2021/2022

NO-2021-42529262-APN-DNF#MD dirigida al DGE del Ejército.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de comunicarle que dada la situación actual sanitaria y debido a la propagación del coronavirus COVID-19, esta DIRECCIÓN NACIONAL considera, en acuerdo con los representantes de la Comisión Revisora de Evaluaciones de Postulantes a Suplencias (CREPS) de cada una de las FUERZAS ARMADAS, y en línea con lo resuelto durante el año 2020 mediante notas NO-2020-37671985-APN-DNF#MD de fecha 11 de Junio de 2020 y NO-2020-52564662-APN-DNF-#MD de fecha 11 de agosto de 2020 las siguientes medidas:

  1. Prorrogar la vigencia de los listados de orden que mérito actuales durante el ciclo lectivo 2022, es decir, diciembre de 2022 o febrero de 2023 según el calendario académico de cada Fuerza.
  2. Asegurar la continuidad pedagógica en el cargo/asignatura de aquellos docentes que se encuentren desempeñando sus funciones en calidad de suplentes durante el ciclo lectivo 2022.
  3. Desarrollar durante el ciclo lectivo 2022 los procesos de evaluación correspondientes de acuerdo al cronograma establecido en el Artículo 6 de la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 869/2012 a fin de confeccionar los listados de orden de mérito que tendrán vigencia durante el período 2023-2024.
  4. En caso que sea necesario cubrir un cargo/asignatura, y no se posea un listado de orden de mérito vigente o se haya agotado dicho listado, se convocará, en primer lugar, dentro del plantel docente de la institución (búsqueda interna) y se informará vía jerárquica la resolución tomada a esta DIRECCIÓN NACIONAL, adjuntando la documentación respaldatoria que certifique esta designación. En caso que ningún docente del Instituto acepte de manera fehaciente la suplencia ofrecida, se podrá designar a otro que actualmente no se desempeñe en el Instituto (búsqueda externa) con título habilitante y presentando la documentación respaldatoria (CV, copia del título, entre otras) y en el caso de no haber cubierto el cargo requerido se recibirán CV de docentes y estudiantes avanzados de estas carreras. Cabe aclarar que el concepto de estudiantes avanzados hace referencia a aquellos estudiantes de carreras docentes conforme al cargo/asignatura que presenten un 75 % de las asignaturas aprobadas y que se deberá recurrir a ellos como última medida y habiendo agotado todas las instancias.

Sin otro particular saluda atte.

SERGIO EISSA
Director Nacional
Dirección Nacional de Formación
Ministerio de Defensa

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